Seguro de casales de verano y actividades de ocio

Este seguro cubre la Responsabilidad Civil de la entidad organizadora del casal o actividad de ocio, así como los accidentes que puedan sufrir sus participantes.

Los casales de verano y las actividades de ocio organizadas por la escuela, con sus alumnos y su personal, ya están cubiertas por el seguro de Responsabilidad Civil y el seguro completo de accidentes escolares de nuestros colegios.

En caso de que no dispongáis del seguro completo de accidentes (con asistencia sanitaria), o si en la actividad participan niños que no son alumnos de la escuela, debéis contratar este seguro complementario.

Coberturas por Responsabilidad Civil

El seguro de Responsabilidad Civil asume las consecuencias económicas por reclamaciones contra la entidad organizadora de la activitat o el personal a su cargo, por daños personales o materiales causados involuntariamente a terceros, por hechos derivados del desarrollo de la actividad.

Coberturas para colegios con RC a través nuestro:

  • Límite por siniestro: 6.000.000 €
  • Límite por víctima: 6.000.000 €
  • Sin franquícia por siniestro

Coberturas para otros colegios o entidades:

  • Límite por siniestro: 2.000.000 €
  • Límite por víctima: 900.000 €
  • Franquicia per siniestro: 150 €

Coberturas por accidentes

El seguro de accidentes cubre la asistencia sanitaria, la rotura de dientes y gafas, e incluye un capital por muerte e invalidez, por los accidentes que puedan sufrir los participantes de la actividad. Las coberturas son las siguientes:

  • Asistencia sanitaria por accidentes en nuestra red de centros privados concertados.
  • Asistencia dental y prótesis: Hasta 1.000 € en dentistas privados.
  • Rotura de gafas: Hasta 100 € en montura + importe de los vidrios.
  • Capital por muerte: 5.000 €
  • Capital por invalidez: 8.000 €
  • Sin franquícia por siniestro.

Normativa

El Decreto 267/2016, de 5 julio, de las actividades de educación en el tiempo libre en las que participan menores de 18 años, en vigor desde el 1 de noviembre de 2016, regula, entre otros, los casales de verano y cualquier tipo de actividad que se realice en época de vacaciones escolares (verano, Navidad, Semana Santa...).

Según establece el artículo 5 del actual Decreto, las entidades organizadores o promotoras de estas actividades deben contratar un seguro de accidentes (que cubra los gastos asistencia sanitaria con un mínimo de 6.000 €, un capital por muerte mínimo de 5.000 € y un capital por invalidez mínimo de 6.500 €), y un seguro de Responsabilidad Civil (con unos límites mínimos de 300.000 € por víctima y 1.200.000 € por siniestro).

Las actividades llevabas a cabo por centros educativos, dentro del período escolar, cuando únicamente asistan sus alumnos con los profesores, y con o sin acompañantes, están excluidas de la aplicación de este decreto.

Preguntas frecuentes